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¿Qué es un certificado en materia de derechos de autor?Es un documento público o privado que te sirve como medio o constancia de prueba, que te permite acreditar o justificar ante terceros que la obra artística que realizaste te pertenece, pues se presume que la obra cuyos datos aparecen en él, es tuya.
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¿Para qué me sirve el certificado de registro en materia de derechos de autor?Te sirve como prueba documental para comprobar que tú realizaste la obra y que, por ello, te pertenece, y que no solo tú lo manifiestas, que existe alguien ajeno a ti, que es una organización privada, que de buena fe y creyendo en lo que tú le informaste, declara en ese certificado que la obra cuyos datos aparecen en él, te pertenece, con ello, se presume que la autoría de la obra, es tuya, además de que tu obra aparecerá en nuestro CATALOGO REVNIT, también como un elemento de prueba. Recuerda que ese tipo de certificados autorales se emiten con base en el sistema declarativo de derechos, que se relaciona con las pruebas documentales, su fin es demostrar o acreditar un derecho o la existencia de un acto jurídico que puede generar consecuencias legales, es un derecho declarativo.
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¿Cómo surge el certificado de registro en materia de derechos de autor?El Derecho de Autor es reconocido a escala internacional a través del "Convenio de Berna" que data de 1886, al que están adheridos los gobiernos de 179 países. Ese tratado obliga a los gobiernos a proteger de manera inmediata tu obra artística y a reconocer que te pertenece, sin necesidad de que tu obra sea registrada, es decir, con el solo hecho de que tu obra haya sido fijada o realizada en algún soporte o medio material o digital, será suficiente para que deba ser protegida legalmente y por ello, la autoridad debe reconocer tus derechos sobre ella. Sin embargo, en varios países adheridos a ese convenio los gobiernos han establecido "Sistemas de Registro Voluntario" para facilitar la protección de tus derechos como autor, donde en la mayoría se entrega al autor un certificado en materia de Derecho de Autor. Esos sistemas de registro voluntario, no te obligan a registrar tu obra, si no lo deseas.
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¿Cuántos tipos de certificados de registro en materia de derechos de autor existen?Hay dos clases de certificados que te sirven para probar que tu obra existe y te pertenece: el "Certificado de Registro Privado" y el "Certificado de Registro Público". El "Certificado de Registro Privado", es emitido por una organización o empresa constituida conforme a las leyes del país donde se encuentre, son conocidas como personas morales o jurídicas y sus actividades se relacionan con el Derecho de Autor a la Propiedad Intelectual, son empresas debidamente establecidas y reconocidas jurídicamente, que en su aviso legal indican su razón social; domicilio; teléfono y dirección de correo electrónico y algún otro dato que te de certeza de que está bien establecida y constituida, que será la que emita a tu favor el certificado que acredite presuntivamente que eres el propietario de la obra cuyos datos aparecen en ese certificado. El "Certificado de Registro Público", lo emite una autoridad vinculada al Derecho de Autor, que, dentro de la ley autoral de su país está facultada para realizar ese tipo de registros y a poder expedir el certificado correspondiente a favor del autor de la obra. Ese tipo de certificados también genera la presunción que el autor que se registra en él, es propietario de la obra que ampara. AMBOS CERTIFICADOS TE SIRVEN COMO MEDIO DE PRUEBA A TU FAVOR Y SON VOLUNTARIOS y esto es así, por el hecho de que, por ley, no es una obligación que registres tu obra, ni con una autoridad o una organización privada, por lo que solo tú, puedes decidir si deseas o no registrarla y con quien deseas hacerlo y si no la registras, la autoridad debe protegerla en caso de una violación.
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¿Cómo surge el certificado de registro privado?La prohibición de pedir cualquier tipo de formalidad para reconocer a favor del autor sus derechos sobre su obra se establece en el "Convenio de Berna". Sin embargo, existen sistemas de registro público y privado, es decir, no es una facultad exclusiva del gobierno el registrar, tan es así, que los mismos sistemas de registro del gobierno, son voluntarios. Así mismo, el "Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual" de 1996, señala lo que es la "información sobre Gestión de Derechos", que es toda aquella información que permite identificar la obra y a su autor y también todo número o código que represente esa información, convirtiéndose por esa razón la información que generamos como organización privada, en un medio de prueba que ayuda a validar que tu obra te pertenece, por ello, los registros que realizamos y que constan en el certificado de registro privado que emitimos a nombre del usuario, forman parte de esa información, es decir, nuestro certificado es un elemento de información de Gestión de Derechos que se encuentra ligado a la constancia de la obra que nos envías, de ahí, que nuestro certificado sea una prueba documental de la existencia real de tu obra, pues en él, se confirma que en la fecha y hora que aparecen en nuestros registros, tú nos enviaste en tiempo y forma la constancia digital en la que aparece fijada o reproducida tu obra artística.
RESPONSIVA
Para que conozcas de manera precisa los derechos que tiene sobre tus obras artísticas, te recomendamos que acudas en el lugar donde radicas con un Abogado Especialista en Derechos de Autor o en Propiedad Intelectual, recuerda que cada caso es diferente y existen diversos tipos de obras, que en algunas leyes varía su tratamiento legal. Los comentarios que se realizan en esta página son generales y únicamente informativos, de ahí que sea tu responsabilidad acudir con un Abogado Especialista que por serlo y por conocer directamente tu caso, te podrá decir conforme a su criterio y caso que le expongas, que puede ser lo conveniente con relación a lo que le plantees.
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